lunes, 15 de octubre de 2012

La mujer militante y las prisiones franquistas

 
La historiografía de género referida a la Guerra Civil y a la posguerra tiene un recorrido relativamente corto, pero poco a poco van surgiendo interesantes estudios en relación al tema que nos ocupa: la mujer militante y la cárcel. Cuando hablamos de este binomio nos referimos tanto a la mujer presa por su trabajo político como a la mujer que auxilia desde fuera a sus familiares y compañeros de lucha.
 
 
 
 
Ambas sufren la represión del nuevo régimen, una represión diferenciada a la que se ejerce sobre los hombres debido a la concepción que el nacionalcatolicismo tiene de los valores femeninos. Mientras las mujeres a las que hacemos referencia defendían con su vida y su libertad el avance de la Revolución, las jerarcas de la Sección Femenina pronto marcarían la pauta para cortarles las alas.
 
En las postrimerías de la Guerra Civil española, con la vista de los sublevados fascistas puesta ya en la victoria, se contaban por miles las prisioneras que habían sido encarceladas bajo la Ley de Responsabilidades Políticas[1] en las cárceles diseminadas por todo el territorio, centros penitenciarios femeninos como Ventas (Madrid) o Les Corts (Barcelona). El hacinamiento era común en todas ellas, y el número de presas políticas superaba con creces el de delincuentes comunes. Prisiones diseñadas para albergar un tope de reclusas y que triplicaban o cuadriplicaban el número, en el mejor de los casos.
 
Ya en 1940, un hito marca el problema penitenciario que el mismo régimen reconocía: la Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo. Las denuncias aparecían de la nada, y el terror aumentaba. Estos primeros años de la “victoria”, con el régimen aupado a hombros de la alianza nazifascista que asolaba Europa y el mundo, se rigieron por la política del miedo.
 
La relación de la mujer con la cárcel ha quedado plasmada en numerosos testimonios en primera persona: la convivencia, el aliento mutuo, la solidaridad, el miedo, la nostalgia. Tanto dentro como fuera se tejieron sólidas redes de socorro, que eran una auténtica tabla de salvación en los momentos difíciles.
 
Por un lado, la vida dentro de la prisión estaba marcada por el aislamiento, por la desinformación. Las presas dependían del exterior para conocer la situación tanto política como personal: muchas tenían hijos, compañeros, gente que quizá estaba también encarcelada, exiliada o, en el peor de los casos, muerta. Las ejecuciones eran el pan de cada día en aquella época. Podemos en este punto hacer referencia al caso de las Trece Rosas Rojas, trece jóvenes, en su mayoría afiliadas a las JSU o el PCE, que fueron fusiladas en Madrid el 5 de agosto de 1939. Pero, pese al dolor y la angustia, las mujeres supieron sobreponerse a la situación, aprovechando la reclusión para formarse políticamente y reorganizar a la militancia.
 
En este punto contribuían también enormemente esas mujeres que, desde fuera de la cárcel, actuaban como enlaces y como balsa de salvación. Estaban expuestas a un gran peligro, ya no sólo por la información que manejaban o los objetos que transportaban, sino porque cualquier persona relacionada con un antifascista era susceptible de ser detenida, torturada y encarcelada. Además, no hay que olvidar que las mujeres cuyos allegados estaban encarcelados se hallaban a merced de la miseria, teniendo que mantener a una familia bajo el constante “estigma” de estar relacionada con un subversivo, por lo que el simple hecho de recurrir al estraperlo ya daba más motivos al régimen para la persecución. Por tanto, muchas de estas mujeres, que en principio no estaban politizadas, acabaron formando parte de las organizaciones antifranquistas y de su radio de influencia.
 
Hay que hacer mención también a las mujeres que acabaron en los campos de concentración europeos durante la segunda guerra mundial, y cuyo relato esperamos poder narrar más adelante. No olvidemos, por tanto, el papel silenciado de las mujeres militantes durante los años que siguieron a la guerra, tanto dentro de las penitenciarías como fuera. Que su nombre no se borre de la Historia.


[1] Ley de Responsabilidades Políticas, de 9 de febrero de 1939, según la cual se establecían las penas aplicables tanto a quienes se hubiesen opuesto al alzamiento como a quienes hubiesen colaborado con la Revolución de Asturias de 1934.
 

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